TERMINOLOGIA BÁSICA DE LOS DBTs
1. Área funcional
• Conjunto de actividades realizadas por las personas que tienen asignado un objetivo de la producción y explicitan una función del sistema organizativo.
Las Áreas funcionales se dividen en áreas staff (personal, administración...) y áreas "en línea" (diseño, producción...)
2. Área profesional
• Conjunto de contenidos, técnicas, objetos físicos y símbolos, agrupados por la necesidad de afrontar problemas homogéneos respecto de los objetivos de producción (funciones y subfunciones) y de los conocimientos y habilidades necesarios para alcanzarlos (subprocesos).
3. Campo de observación
• Subconjunto de actividades productivas, que tienen una cierta afinidad tecnológica y profesional, agrupadas para su estudio por el Grupo de Trabajo Profesional.
4. Capacidades profesionales:
• Expresa las capacidades más características de la profesión, señalando especialmente las que no son directamente observables en la realización del trabajo, así como las que tienen que ver con la respuesta a las contingencias, la organización del trabajo, la cooperación y relación en el entorno y la responsabilidad/autonomía.
5. Capacidad terminal:
• Expresa en forma de resultados que deben ser alcanzados por los alumnos, la competencia profesional que acredita el título.
Caracteriza y permite la validez del título en todo el territorio del Estado. Determina la cualificación mínima del título que debe ser alcanzada por todas las administraciones educativas a fin de conseguir la preparación profesional básica que permite la identificación estatal de la cualificación y el grado de homogeneidad necesario en la misma.
Establece también las realizaciones profesionales del perfil que deben ser comprobadas efectivamente para la obtención del título para la caracterización de competencia.
6. Ciclo formativo:
• Formación profesional específica asociada al perfil profesional del Título, delimitada por dos criterios básicos: su afinidad y su contribución para alcanzar la competencia profesional característica del título. Se compone de Módulos profesionales.
7. Competencia profesional:
• Capacidades para realizar roles y situaciones de trabajo a los niveles requeridos en el empleo. Incluyen la anticipación de problemas, la evaluación de las consecuencias del trabajo y la facultad de participar activamente en la mejora de la producción.
La competencia requerida en el empleo se expresa mediante las realizaciones profesionales y el "dominio" profesional de las mismas contenidos en el perfil profesional de cada título.
8. Cualificación:
• Nivel determinado de formación.
Debe precisarse "para qué". Así "Cualificación en la profesión" (término introducido por la LOGSE al afirmar que la FP capacita para el "desempeño cualificado" en las distintas profesiones) debe entenderse como el nivel de formación profesional necesario para alcanzar la competencia profesional característica del título.
De esta forma, la cualificación que acredita un título tiene un doble alcance:
a) Para la población escolar, es la formación necesaria para alcanzar la competencia profesional y la derivada de los objetivos socio educativos.
b) Para la población adulta, incluye además de la anterior, un cierto nivel de conocimientos culturales, científicos y tecnológicos derivados de la incardinación del título de FP en el sistema educativo.
9. Currículo de la formación profesional asociada a cada título:
• Conjunto de capacidades terminales, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación necesarios para alcanzar la competencia profesional característica de cada título y para alcanzar el nivel de formación establecido.
10. Documento base del título (DBT):
• Determina la competencia profesional que debe conseguirse, las "enseñanzas mínimas" necesarias para alcanzarla, la duración de las enseñanzas profesionales, las especialidades de profesorado que deben impartirlas, los requisitos necesarios de espacios e instalaciones y las convalidaciones y/o accesos a estudios superiores.
Las enseñanzas mínimas son un conjunto de capacidades terminales, criterios de evaluación y contenidos (de FPB y FPE) que establece el MEC, con carácter estatal y que son necesarios para alcanzar los "aspectos básicos" de la competencia profesional expresada por el perfil del título, y para alcanzar ciertos objetivos socio educativos.
11. Dominio Profesional:
• Es una descripción del campo de aplicación u objeto de las realizaciones profesionales de cada unidad de competencia. Expresa todos los elementos clave que deben considerarse para interpretar, en términos de la práctica actual (y previsiblemente futura), las realizaciones profesionales. Establece, pues, el contexto de las mismas y proporciona una guía para la evaluación de la competencia profesional.
• Una realización profesional será satisfactoria o "competente" cuando la persona obtiene los resultados esperados expresados en los criterios de realización, en la diversidad de contextos, situaciones y condiciones definidas en el dominio.
• Se define por los siguientes elementos y tipos de los mismos:
. Medios de producción o tratamiento de la información (máquinas y equipos).
. Materiales y productos intermedios.
. Resultados del trabajo: productos y/o servicios.
. Procesos, métodos y procedimientos.
. Información: naturaleza tipo y soportes.
. Personal y/u organizaciones destinatarias de un servicio.
En cada UC aparecerán aquellos tipos que correspondan a la naturaleza de la misma.
12. Elementos descriptivos de la profesionalidad
• Conjunto de parámetros que, tipificados convenientemente, permiten discernir los dos niveles, medio y superior, en los que se clasifican las actividades profesionales.
13. Figura profesional:
• Conjunto de realizaciones profesionales, criterios de realización y dominios, estructurados en unidades de competencia, que expresan los logros, resultados, acciones o conocimientos esperados de las personas en las situaciones de trabajo.
Aunque las realizaciones profesionales (consideradas una a una), que se han identificado y definido por el Grupo de Expertos del sector para cada figura profesional, persiguen ajustarse a lo que se requiere de las personas en los diversos roles de trabajo, la agrupación de las mismas que se ha realizado para constituir una figura profesional, conjuga la doble óptica de las necesidades de cualificación del sector y la coherencia del programa formativo correspondiente.
14. Formación Asociada al Título (FAT)
• Conjunto de formación profesional de base y específica necesario para la adquisición de la competencia profesional y el nivel de formación característicos del Título.
15. Formación Profesional de Base (FPB)
• Conjunto de conocimientos y habilidades relativos a un grupo de figuras profesionales que constituyen un Área Profesional. Proporcionar la base científico-tecnológica y las destrezas comunes para la adaptación al cambio en las cualificaciones y a la movilidad profesional en el Área. Se cursa en el tronco de la enseñanza secundaria o debe ser acreditada para el acceso a la FPE de los ciclos formativos.
16. Formación Profesional Específica (FPE)
• Conjunto de conocimientos y habilidades más profesionalizadoras que culminan la formación profesional. Se ordenan en ciclos formativos de grado medio y superior.
17. Función y subfunción
• Conjunto homogéneo de actividades de producción, dirigidas a conseguir un mismo objetivo. Las funciones pueden ser explícitas o implícitas. En el primer caso, en la estructura empresarial existen una o más personas encargadas de su desarrollo. Es implícita cuando el ejercicio de la función no está localizado en un punto de la estructura.
18. Módulo profesional
• Bloque "coherente" de FPE. Es la unidad de oferta educativa y la parte más pequeña de FPE que puede acreditarse y capitalizarse para la obtención de un título profesional.
Pueden estar asociados a una o varias unidades de competencia, o bien a objetivos socio educativos.
19. Profesión:
• Competencia profesional relativa a un título. Se expresan por la competencia requerida en el empleo (perfil del título) y por la competencia característica del título.
20. Realizaciones profesionales
. Realizaciones:
Describe lo que las personas deben ser capaces de realizar en las situaciones de trabajo. Expresa los logros o resultados esperados que la persona debe ser capaz de demostrar para conseguir el rol de la correspondiente unidad de competencia.
. Criterios de realización:
Son "especificaciones" que para cada realización persiguen determinar el comportamiento de las personas correspondiente a los niveles de profesionalidad requeridos para un área ocupacional dada.
• Describe lo que las personas deben ser capaces de realizar en las situaciones de trabajo. Expresa los logros o resultados esperados que la persona debe ser capaz de demostrar para conseguir el rol de la correspondiente unidad de competencia.
Describen los resultados o "logros clave" que muestran la competencia profesional. Deben considerarse que son la respuesta encontrada por un grupo de expertos del sector a la pregunta ¿Cómo puede saberse si una persona es competente, o está cualificado, en la realización profesional correspondiente?.
Expresan, por tanto, el nivel aceptable de la realización profesional que satisface los objetivos de las organizaciones productivas y deben permitir discernir la "realización profesional competente" de la que no lo es. Son, pues, una guía para la evaluación de la competencia profesional.
Cada criterio define una característica de la realización profesional bien hecha. La realización profesional "plenamente competente" o satisfactoria requiere satisfacer todos los "criterios de realización" de la misma.
21. Subproceso tecnológico
• Conjunto de trabajos ligados entre sí por la utilización de una tecnología y unos modos operativos característicos.
Se caracterizan por los medios de producción, de tratamiento de la información, materiales y productos intermedios, información y resultados del trabajo.
22. Título Profesional:
• Es la denominación de una determinada profesión. Acreditación con alcance y validez estatal de:
a) La formación necesaria para el "desempeño cualificado de la profesión".
b) La formación necesaria para posibilitar una adecuada inserción profesional (organización y características del sector, mecanismos de la inserción profesional, legislación laboral básica, trabajo en condiciones de seguridad,...).
23. Unidad de Competencia:
• Conjunto de realizaciones profesionales con valor y significado en el empleo. Se obtienen por división de la competencia general de la "figura profesional" y deben tener sentido para la mayoría de los empleadores del sector. El conjunto de realizaciones profesionales que engloba, debería ser susceptible de constituir un rol esencial de trabajo.
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